El día de ayer, la Corte Suprema de Justicia ordenó al Ministerio de Defensa reestrcturar las directrices sobre el uso de la fuerza frente a las manifestaciones sociales no violentas, tras evidenciar una problemática nacional de intervención sistemática, violenta, arbitraria y desproporcionada de la fuerza pública en las manifestaciones ciudadanas.
Esta resolución se dió producto de una acción de tutela presentada por organizaciones sociales, políticas y de víctimas, dentro de las cuales participó activamente la Coordinación Política y Social Marcha Patriótica, y hubiera sido imposible sin la valiente decisión de los cientos de ciudadanos y ciudadanas que, a pesar de las pocas garantías, decidieron denunciar estos abusos, lo que permitió estudiar y evidenciar su sistematicidad.
La Sala Civil de la Corte Suprema ordenó las siguientes medidas:
(i) Que el Ministro de Defensa presente disculpas por los excesos de la fuerza pública, especialmente el ESMAD, en las protestas desarrolladas a partir del 21 de noviembre de 2019;
(ii) ordenar a los miembros del Gobierno mantener neutralidad cuando se produzcan manifestaciones no violentas, incluso si están dirigidas a cuestionar las políticas propias;
(iii) conformar una mesa de trabajo para reestructurar las directrices sobre uso de la fuerza en las manifestaciones con participación de la ciudadanía y emitir una reglamentación en la materia que sea acorde con los estándares internacionales y constitucionales;
(iv) diseñar un protocolo de acciones preventivas, de acompañamiento y seguimiento a la reacción, uso y verificación de la fuerza legítima del Estado y la protección del derecho a la protesta pacífica ciudadana, incluyendo informes públicos y sustentados cuando se presenten ataques a la vida e integridad personal;
(v) expedir un protocolo que permita a la ciudadanía y las organizaciones de defensa de derechos humanos realizar verificaciones en casos de capturas y traslados de personas durante las protestas y,
(vi) suspender el uso de escopetas calibre doce para la intervención en protestas.
Sentencia completa:
1600812007781_11001-22-03-000-2019-02527-02 (STC7641-2020)
Comunicado:
Comunicado Tutela Protesta (1)